Poligrafo: NO, gracias.

Recientemente me encontre con la página web de Conchita Perez, la poligrafa del programa televisivo “SALVAME”  y para mi sorpresa lei en la misma lo siguiente:

La falta de confianza en un equipo de trabajo (robos, filtraciones, fraudes) puede paralizar una empresa y suponer el principio del fin de un proyecto laboral. Ya sean en comercios, despachos profesionales o incluso, grandes empresas, las acusaciones, los rumores y las sospechas solo pueden atajarse descubriendo la verdad.”

“Los problemas no suelen solucionarse solos. Es necesario afrontarlos de forma contundente y lo antes posible para controlar cualquier posible desestabilización que afecte al rendimiento, a los resultados o a la propia marca. En estos casos, el polígrafo se convierte en una herramienta imprescindible gracias a su alto porcentaje de fiabilidad y a la rapidez con la que obtiene los resultados”

 

Y terminaba apuntado que:

 

“El uso del polígrafo en las empresas está normalizado en países como EEUU, Gran Bretaña, Israel, Rusia o Bélgica. En España son cada vez más las empresas que lo utilizan para proteger sus intereses.”

 

Pero para rematar la desinformacion leo una entrevista que se le hace a la misma en la prensa digital donde afirma:

 

“hace poco estuvimos investigando en una empresa con unos treinta trabajadores. Era un almacén de productos de perfumería muy caros, y el dueño ya no sabía qué hacer porque le desaparecían cosas. Se hizo la prueba a todos los trabajadores.”

 

Yo comprendo que Conchita quiera promocionar su producto, que ella llama profesion, pero en su afan promocional esta dando una informacion que puede crear muchos equivocos y llevar a error algun bien intencionado empresario.

La realidad es que en nuestro ambito jurisdiccional, en toda Europa, se estima ilícita toda coacción que impidiera al imputado declarar libremente, incluyendo la utilización de medios químicos (suministro de drogas) y el detector de mentiras o polígrafo.

En el mundo laboral el  control de la actividad laboral esta regulado en el articulo 20 del Estatuto de los Trabajadores donde se autoriza al empresario para  adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana.

Y claro esta la debida dignidad humana se quiebra cuando se le obliga a somenterse a la prueba del poligrafo, pues tal sometimiento se considera que es hacer uso de la coacción y/o amenaza, estando comprendidos como coacciones  tanto los métodos de interrogatorio ilegales o no admitidos en nuestro ordenamiento jurídico (administración de fármacos, sueros o drogas, el polígrafo, la hipnosis, etc.) así como el uso del engaño, promesas, provocación de la fatiga (deprivación de sueño, de descanso, de alimentos, etc.), malos tratos, etc., o cualquier medio técnico, químico opsicológico que pueda afectar a la voluntad.

Asi pues si un empresario, como en su dia hicera en Banesto Mario Conde, tiene la tentacion de usar el poligrafo con sus trabajadores, tiene que saber que hay una norma legal  que sanciona los actos del empresario que fueren contrarios al respeto de la intimidad y consideración debida a la dignidad de los trabajadores (Articulo 8 .11 de la Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) y que la multa por tales actos va desde 6.000 a 187.515 euros , por cada uno de los afectados.

Claro que siempre le queda el recurso de demandar, por via civil, a Conchita por haberle inducido a error, auque no creo, por desgracia, que su accion prosperara.

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