Gratuita: SI, Justicia: NO

Una de las disculpas para el establecimiento de la Ley de Tasas Judiciales del ministro Gallardón es el que se podrá realizar una mejora en la financiación del sistema de la asistencia jurídica gratuita, obviando, eso si, que en la reforma que tiene en marcha  nada cambia el sistema  de un modo sustancial y por lo tanto “la Justicia” de los pobres seguirá siendo mala y de recursos escasos, esto es NO es justa.

Los pobres que quieren pleitear contra los ricos, normalmente empresarios y banqueros, lo hacen en  el actual sistema, siempre en inferioridad de condiciones, por la sencilla razón que no pueden escoger el profesional adecuado para que defienda sus intereses, ni por especialidad ni por criterio subjetivo personal.

Así pues mientras los ricos, tienen al servicio de sus pleitos los  despachos de profesionales mas experimentados y duchos en la materia de que se trate, el pobre se ha de conformar con el que le designe, a modo de lotería, por el turno de oficio, que será el  que luego pague, mal y tarde, el Estado. No se pueden escoger ni por especialidad ni otros profesionales mas avezados, como lo son en los temas laborales los Graduados Sociales, por ejemplo. Se debe de conformar el litigante pobre con el profesional que le toque del turno de oficio y que voluntariamente se apuntó al censo del turno de oficio, en la mayoría de los casos, mas por necesidad que por vocación.

Así pues el ciudadano justiciable pobre comienza la partida judicial teniendo ya el contrincante las cartas marcadas a su favor, que se dice, y por lo tanto ya tiene  quebrado su derecho a la igualdad ante la ley, derecho que comprenden entre otros el derecho a tener y poder usar las mismas armas que el contrario.

Y eso es así porque el abogado y procurador de oficio que le toque, por muy voluntarioso que sea, ni tendrá la experiencia ni la especialidad que el pleito en cuestión requiere y claro esta será con facilidad vencido por el abogado del contrario rico que sea el mas ducho del lugar y el mas especializado, y además mejor pagado.

Y es que algo que parece lógico y normal, como que el justiciable pobre pudiera escoger el profesional adecuado según el pleito de que se trate, pues la especialización ya es un tanto a su favor, o más en concreto pudiera escoger al profesional, que en el mercado de los servicios, tiene fama o prestigio en la materia en cuestión y acepte lógicamente  ese asunto.

Pues tal cosa no se puede dar en el sistema de justicia gratuita, cuya reforma ya circula por internet, y donde nada de esto se ha incluido por el Sr. Ministro de Justicia quien al parecer quiere que todo siga igual para los pobres que estén necesitados de justicia.

Si con el mismo coste económico se podría modernizar el sistema y permitir que el justiciable pobre escogiera a los profesionales que libremente quiera y que acepten su asunto lógicamente. ¿Por qué no se hace? , ¿Por qué se le obliga a ir a la lotería que es el turno de oficio?

La reforma que hay que hacer se trataría de que solo se añadiera una modificación de unas pocas palabras en un artículo de la actual ley de Justicia Gratuita, mas concretamente en el artículo 28, que podría pasar  a decir:

“Quienes tengan derecho en los términos previstos en esta Ley a la asistencia jurídica gratuita podrán, no obstante lo previsto en el artículo anterior, renunciar expresamente a la designación de abogado y procurador de oficio, nombrando libremente a profesionales de su confianza,  cuyas actuaciones profesionales, previstas en los apartados 1 a 3 del artículo 6 de esta Ley , serán retribuidas como si fuera designados del turno de oficio, debiendo constar expresamente este extremo en la solicitud y afectando simultáneamente esta renuncia al abogado y procurador.” (Lo subrayado seria lo que habría que añadir)

De este modo quienes necesiten usar el sistema de justicia gratuita podrían en igualdad de condiciones escoger los mismos profesionales que sus contrarios más pudientes con lo que las armas estarían igualadas, cumpliéndose el mandato constitucional de igualdad ante la ley.

Porque, si es tan fácil no se hace el cambio en el sistema de justicia gratuita, que no costaría mas al contribuyente. Pues no se hace, no por impericia en quienes elaboran las leyes si no por el interés de las corporaciones colegiales afectadas, básicamente el Consejo General de la Abogacía, que esta mas interesado en mantener un censo sobredimensionado de abogados que viven del turno de oficio, y que pagan lógicamente sus cuotas colegiales, de las que se nutren los colegios provinciales y el propio consejo general. Pues a nadie escapa que un régimen de libre designación llevaría a que los justiciables buscaran a los mejores, especializados y más prestigiosos profesionales en un lógico detrimento en el número de asuntos a repartir entre los que están en el censo del que se nutre el turno de oficio.

Tengo mis dudas sobre si se trata de miedo a la libre competencia o interés en seguir repartiendo en exclusiva el pastel. Pero la realidad es que las cosas están así y así seguirán.

En manos del ínclito ministro Gallardo esta la posibilidad de hacer el cambio señalado, que nunca mejor dicho es de pura justicia. ¿Será capaz de hacerlo?

Lo dudo

 

 

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